Pensión de Alimentos y Pensión Compensatoria
La pensión de alimentos es una cantidad económica que se establece para el sostenimiento de los gastos que originan los hijos (educación, bienes de primera necesidad), y que varía en función de las circunstancias del progenitor obligado al pago.
Para establecer la pensión compensatoria se tienen en cuenta, los acuerdos a los que hayan llegado las partes, la edad, el estado de salud, la cualificación profesional y las probabilidades de acceso al empleo; la dedicación pasada y futura a la familia; la colaboración con su trabajo a las actividades mercantiles, laborales o industriales, duración del matrimonio, la convivencia conyugal, y demás circunstancias relevantes.
