Custodia de los Hijos
Hay cuatro tipos de custodia posibles:
- Custodia exclusiva: basada en una decisión judicial por la que se concede la custodia exclusiva a uno de los progenitores, disfrutando el otro de un derecho de visitas.
- Custodia partida: se concede la custodia de uno o más de los hijos a un progenitor y los restantes quedan al cuidado del otro.
- Custodia repartida: permite a cada uno de los progenitores tener al hijo durante un periodo de tiempo determinado, de forma alternativa. Cada padre tiene un régimen de visitas en los periodos en los que el menor convive con el otro progenitor. Cada progenitor ejerce un control exclusivo del niño mientras está bajo su custodia.
- Custodia conjunta: ambos progenitores mantienen la responsabilidad legal y la autoridad en relación con el cuidado y control, como si se tratara de una familia intacta. El padre con el que el niño reside en cada momento debe tomar las decisiones sobre la vida diaria en relación con la disciplina, limpieza, alimentación etc.…
Una opción muy común en los últimos tiempos es la solicitud de la custodia compartida que puede solicitarse, bien por ambos padres, o bien por decisión del juez. Lo que se busca con esta medida es que la crisis en la pareja afecte lo menos posible a los hijos, al menos en cuanto al régimen de obligaciones que tienen respecto de ellos, debiendo buscarse el compartirlas en el mismo modo existente con anterioridad a la situación de crisis.
En cualquier caso se buscará el interés del menor y la mejor solución para él. La realidad es que el beneficio del menor es un concepto indefinido que cambia en función de cada caso concreto.
