Reclamación de Deudas
En la actualidad existen varias maneras de poder reclamar una deuda.
En la Ley de Enjuiciamiento civil se regula el llamado procedimiento monitorio, un tramite agil y rápido para recobrar una cantidad de dinero debida.
La deuda deberá acreditarse de alguna de las formas siguientes:
- Mediante documentos, cualquiera que sea su forma y clase o soporte físico. Deben aparecer firmados por el deudor o tener su sello, impronta o marca, física o electrónica.
- Mediante facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas o telefax. Servirá cualquier documento que sea de los que habitualmente documentan los créditos y deudas en relaciones de la clase que aparezca existente entre acreedor y deudor.
- Mediante certificaciones de deuda en casa de impago de cuotas de comunidades de propietarios.
- Mediante documentos comerciales que acrediten una relación anterior duradera.
La tramitación del proceso monitorio es muy simple, y se puede llegar a cobrar la deuda sin llegar a juicio oral.
